jueves, 26 de mayo de 2016

Batalla judicial por la nulidad del IRPH

Se calcula que en España hay más de un millón de hipotecas que se revisan según las normas del I.R.P.H.-Entidades (Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios), siendo Cataluña la Comunidad Autónoma más afectada.

Por lo general, su valor está por encima del Euríbor, entre un 1.5% y un 3% por encima, aunque su oscilación es más lenta, en especial en las bajadas.

A la batalla contra las cláusulas suelo en las hipotecas se suma ahora el frente contra los índices hipotecarios referenciados en el I.R.P.H.-Entidades, que han sido considerados abusivos en diferentes juzgados.

El I.R.P.H.-Entidades es una referencia continuadora de los índices I.R.P.H. que en su día tuvieron las entidades financieras (cajas y bancos) para actualizar las hipotecas con tipos de interés variable. Se concibió como un indicador de revisión mensual de las hipotecas de renta variable basado en la media de los intereses de los préstamos concedidos por cajas y bancos los tres años anteriores a la concesión de una hipoteca.

El Banco de España publicaba cada mes en el BOE los diferentes índices mediante una media de las diferentes ofertas del mercado hipotecario inscritas por los bancos y cajas de ahorros.

Al emplear datos aportados por las propias entidades, la falta de transparencia y que las propias entidades bancarias podían manipular el índice por ser parte activa y pasiva en ese cálculo, empezó a asaltar la duda sobre este tipo de referencia.

Es por ello que muchos afectados por este índice polémico presentaron denuncias ante los juzgados solicitando se revise su hipoteca sujeta a un tipo de interés que consideran lesivo y del cual no fueron informados con suficiente transparencia cuando firmaron el contrato, se dictamine que esta cláusula es abusiva y, por tanto, debería anularse.



Por último, el Síndic de Greuges en Catalunya también inició en 2015 una investigación sobre los posibles abusos de este índice hipotecario (I.R.P.H.) por si, según la ley catalana, pudiera conculcarse la protección del abuso de los consumidores.