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jueves, 30 de octubre de 2014

Plazos de reclamación: pronto se cumplen 10 años del “boom” de la construcción

El boom de la construcción ha dejado en España numerosos damnificados y por causas muy diversas. A los impagos de hipotecas y la quiebra de no pocas inmobiliarias se suma en muchas ocasiones los defectos de construcción de los pisos construidos durante este período.

Recientemente, Estrella Digital recordaba que está “expirando el plazo para las demandas por defectos del “boom” inmobiliario”. En efecto, al cabo de 10 años caduca el seguro del promotor para garantizar el “arreglo y solución de los daños materiales por vicios ocultos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio”.


Así lo estipula el artículo 19 Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, que muchos propietarios desconocen, y que les supone acabar costeando las obras necesarias en forma de derramas de gastos de comunidad.

Estrella Digital destaca que, “sorprendentemente, son pocas las veces que se inician acciones legales contra los agentes o contra las aseguradoras de estos […] Es importante poner de manifiesto que, por las fechas en las que estamos y por el volumen y calidad del “boom” de la construcción que vivimos hace ya casi 10 años, para muchos llega el momento de analizar y tomar una decisión, con la ayuda de técnicos en la construcción y abogados con experiencia en la preparación de este tipo de reclamaciones”.

Infórmate sobre los plazos de garantía en caso de defectos de construcción.

viernes, 10 de octubre de 2014

Escoda & Codina, Abogados-Economistas le ofrece asesoramiento en casos de defectos de la construcción

Con el boom de la construcción vivido en España entre los años 2000 y 2007 no son pocas las viviendas, tanto nuevas como de ocasión, que presentan defectos de la construcción de distinta magnitud y ante los que, muchas veces, el consumidor se siente indefenso.

Existen en estos casos los llamados “plazos de garantía”, de los que ya hablamos en otro de nuestros artículos del blog. Pero ¿qué ocurre si dicho plazo para reclamar ya ha pasado? Puede que los vicios o defectos de la construcción se manifiesten tras el año previsto para reclamar defectos de acabado, los tres años para defectos de habitabilidad o funcionalidad y los diez años en caso de defectos relativos a la estructura del edifico.


En esta casuística no hay que olvidar que, tal como establece Ley de Ordenación de la Edificación, el promotor/vendedor de la vivienda está obligado a responder de los defectos constructivos durante los 10 años posteriores a la venta del inmueble.

En Escoda & Codina, Abogados-Economistas, te ofrecemos un asesoramiento jurídico encaminado a la subsanación y, en última instancia, a la defensa judicial, reclamación y demanda por los daños en base a la garantía de construcción de la vivienda adquirida. A través del asesoramiento de un equipo de expertos en el sector inmobiliario y del derecho de la construcción, sabrá en todo momento la dimensión de los defectos constructivos (vicios de la construcción, daños estructurales, etc.) que afectan a su vivienda, su gravedad y las diferentes opciones de las que dispone para subsanarlos.

miércoles, 10 de septiembre de 2014

“Legal Adviser Building”, un servicio de Escoda & Codina, Advocats-Economistes


El bufete jurídico Escoda & Codina, Advocats-Economistes pone al servicio de las empresas “Legal Adviser Building”, un servicio diseñado para eliminar o reducir la incertidumbre que se produce en el proceso constructivo.

Te ofrecemos acompañamiento durante todo el proceso constructivo desde el nacimiento de la obra hasta su finalización con el acta de recepción. También podemos asesorarte desde el mismo momento de su proyección o en caso de replanteo del proyecto.

Documentamos paso a paso todas las vicisitudes del proceso constructivo aconsejándote sobre cual es la mejor opción y anticipándonos a los problemas que puedan surgir.

Ahórrate problemas y mejora tu cuenta de resultados con “Legal Adviser Building”, un servicio  con una doble perspectiva jurídica y estratégica de la obra, manejado por un equipo multidisciplinar de abogados, arquitectos y economistas.

Consulta más información y todos nuestros servicios en la página web.

miércoles, 30 de julio de 2014

Reformar, mejor que comprar

El baño y la cocina son los reyes de la casa a la hora de emprender reformas. Y es que reparar desperfectos en el domicilio se ha convertido en la alternativa a la compra de vivienda para muchos españoles a lo largo de la crisis.

Lejos quedan los tiempos en que los problemas estructurales, la antigüedad del piso o la falta de espacio eran motivos más que suficientes para buscar –y comprar- una nueva vivienda.

Tal como apuntábamos en un artículo anterior, la rehabilitación de vivienda se ha citado muchas veces como panacea para impulsar el sector inmobiliario y contribuir al tan necesario cambio de modelo de la construcción. Las reformas representan ya el 80% del trabajo en la construcción, convirtiéndose en el único subsector al alza en lo que llevamos de año.

¿Pero cuánto nos puede costar una reforma? Evidentemente depende del alcance de la misma. Una intervención básica puede suponernos 5.000 euros mientras que una remodelación completa puede llegar a los 60.000 euros.

Para afrontar estos gastos es conveniente informarse de las subvenciones existentes (Planes Renove) especialmente si se adoptan medidas de ahorro energético.

lunes, 30 de junio de 2014

Defectos de habitabilidad

Recientemente se ha hecho pública una encuesta encargada por la asociación de consumidores de Navarra Irache que pone de manifiesto que el 31% de los vecinos que han comprado una vivienda en los últimos diez años ha tenido algún problema con ella.

Este hecho pone de manifiesto una vez más que los defectos de construcción están a la orden del día, suponiendo en este caso concreto el 24% de la problemática (el restante 7% responde a problemas vecinales y de tamaño real de la vivienda adquirida).

Foto:  visualpanic
Las quejas más habituales son lo que se denomina técnicamente “defectos de habitabilidad” y, en concreto, las humedades y los problemas de aislamiento. Muchos de estos desperfectos se deben al uso de materiales de poca calidad y, por tanto, más baratos.

La encuesta de la asociación de consumidores de Navarra también pone de manifiesto que a menudo, dada la tardanza de la promotora en responder ante las reclamaciones, los propios consumidores se ven obligados a contratar por su cuenta los arreglos, reclamando posteriormente el pago a la promotora.

Les recordamos que el promotor debe garantizar durante tres años la solución a los daños causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones en incumplimiento de los requisitos de habitabilidad. Más información sobre los plazos de garantía en este artículo.

miércoles, 28 de mayo de 2014

El grafeno, un material a tener en cuenta en la construcción

¿Cómo serán las viviendas del futuro? En Ovacen destacan el papel que puede tener el material “de moda”: el grafeno. Tal como leemos en su página web, cada día son más los que se interesan por “las posibilidades de un material que está revolucionando tanto el campo de la tecnología como las diversas aplicaciones que puede tener”.

Foto: Kanijoman (CC BY 2.0) 
Y una de estas aplicaciones es la arquitectura y la construcción. Entre sus principales virtudes, el grafeno destaca por su enorme dureza, hasta 200 veces superior que la del acero. Un material, por tanto, “resistente al desgaste y capaz de soportar elevadas cargas”.

Además, estamos delante de gran conductor de la electricidad: “supera con creces las propiedades de materiales que habitualmente empleamos y necesita menor cantidad de electricidad para transportar energía”.

El grafeno se perfila, pues, como una opción a tener muy en cuenta en la construcción de viviendas para “mejorar la calidad del edificio acabado” así como su aislamiento térmico y eficiencia energética.

¿Será pues el grafeno el material de las viviendas del futuro?



viernes, 9 de mayo de 2014

La rehabilitación de viviendas representa el 80% del trabajo en la construcción

La rehabilitación de vivienda se ha citado muchas veces como panacea para impulsar el sector inmobiliario y contribuir al tan necesario cambio de modelo de la construcción en España. Y parece que esta previsión se confirma, según los datos del Observatorio de Mercado de Materiales de Construcción y Equipamiento de Viviendas de la Asociación Nacional de Distribuidores de Cerámica y Materiales de Construcción (Andimac).

Foto: ottonassar (CC BY-SA 2.0) 
Las reformas y rehabilitación de viviendas representan ya el 80% del trabajo en la construcción, convirtiéndose en el único subsector al alza en lo que llevamos de año. Las actuaciones se centran en las reformas que mejoran la eficiencia de los hogares, siendo los materiales para el baño, la cocina y la calefacción/aire acondicionado/calentadores los más demandados, mientras que los vinculados a la obra nueva (cemento, cerámica, tejas y cubiertas) siguen en declive.

Según publicaba el periódico ABC esta semana, “se estima que el parque de viviendas en España alcanza los 26 millones de inmuebles, de los que una cuarta parte se ha construido en los últimos 10 años, mientras que más de 4 millones de viviendas pueden comenzar a ser rehabilitadas”.

Una actividad que reorienta el sector de la construcción y le da un respiro después de los años de crisis por los que ha pasado.

viernes, 28 de marzo de 2014

Aumenta el número de hogares sin asegurar en España

Foto: leobass (CC BY 2.0)
Un informe elaborado por Kelisto.es alerta sobre el crecimiento de viviendas no aseguradas o infraaseguradas en España.

Se trataría de un total de 8,5 millones de casas (un 30%) que carecerían de cualquier tipo de seguro ante posibles contingencias. A ello, se suma el elevado número de hogares no asegurados adecuadamente que, según el estudio, ascenderían a 10 millones.

Son cifras muy superiores a las registradas antes de la crisis, cuando el seguro del hogar y de sus bienes era una de las prioridades de los propietarios de vivienda.

Por territorios, las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla son las que tienen más viviendas sin asegurar (el 78,3% del total), seguidas por las comunidades de Canarias (55,7%), Castilla-La Mancha (52,7%) y Extremadura (50,6%). Al otro lado de la balanza se sitúan Madrid y País Vasco, con el 13,7% y el 14,7% de hogares sin seguro, respectivamente.

A pesar de la disminución de asegurados en los últimos años, la facturación de las compañías que ofrecen estos servicios ha aumentado gracias al aumento del precio del seguro de hogar (un 18,5% aproximadamente desde 2007). La prima media del seguro de hogar se sitúa actualmente en 206 euros anuales.

viernes, 28 de febrero de 2014

Acompañamos a su empresa durante todo el proceso constructivo

Foto: Morguefile
¿Conoce nuestro servicio Legal Adviser Building? En Escoda & Codina, Advocats-Economistes, bufet especializado y con una larga trayectoria en el sector de la construcción, le ofrecemos acompañamiento durante todo el proceso constructivo. Le ofrecemos asesoramiento desde el nacimiento de la obra, su proyección, el desarrollo de la misma y hasta su finalización con el acta de recepción.

Estamos a disposición de su empresa para eliminar o reducir la incertidumbre que se produce en el proceso constructivo y ayudarle a hacer frente a las distintas vicisitudes que pueden producirse y que es necesario resolver con las máximas garantías legales.

En Escoda & Codina, Advocats-Economistes entendemos que un asesoramiento a tiempo ahorra muchos problemas y tiene un efecto muy positivo en la cuenta de resultados de la compañía. Por eso ponemos a su disposición un equipo multidisciplinar formado por abogados, arquitectos y economistas preparado para responder cuando sea preciso.

Consulte toda la información sobre el servicio Legal Adviser Building en nuestra web.

miércoles, 29 de enero de 2014

El papel de Comunidad de Propietrarios en la reclamación por vicios de la construcción

En muchas ocasiones, los agentes de la edificación demandados judicialmente por defectos constructivos de un edificio alegan que la Comunidad de Propietarios no tiene legitimidad para ejercer dicha demanda, que correspondería únicamente a la propiedad afectada.

Sin embargo este argumento no es válido, ya que las comunidades de propietarios son citadas explícitamente en el artículo 6 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que determina la capacidad para ser parte. Y estipula que comparecerán “…en juicio por medio de las personas a quienes la ley, en cada caso, atribuya la representación en juicio de dichas entidades.”

Por lo tanto, la ley reconoce la legitimidad del Presidente de la Comunidad de Propietarios para reclamar los daños y defectos propios de cada una de las viviendas, así como los que afectan a partes o estructuras comunes.

En caso de juicio pues, la comunidad de propietarios comparecerá por medio de su Presidente quien ostenta legalmente, según el artículo 13.3 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), “… la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten”.

miércoles, 15 de enero de 2014

Plazos de garantía en caso de defectos de construcción “no visibles”

A los pocos años de comprar una vivienda nueva o semi-nueva pueden aparecer problemas de construcción en la misma. Técnicamente se les llama “vicios ocultos” o defectos de construcción “no visibles”.

En estos casos, hay que consultar la Ley de Ordenación de Edificación (LOE), que fija los plazos de garantía que dan derecho al comprador a exigir al vendedor el saneamiento de la vivienda, la resolución del contrato o la modificación de sus condiciones.

Foto: Sergio Pena (CC BY-NC-SA 2.0)
Si se compra una vivienda con menos de 10 años, el propietario tiene las siguientes garantías de “responsabilidad de saneamiento” (establecidas por el artículo 19 Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación):


  • Durante 1 año: Seguro del constructor para garantizar el arreglo de los daños materiales por vicios ocultos que afecten a elementos de acabado de las obras.
  • Durante 3 años: Seguro del promotor para garantizar solución a los daños causados por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones en incumplimiento de los requisitos de habitabilidad. 
  • Durante 10 años: Seguro del promotor para garantizar el arreglo y solución de los daños materiales por vicios ocultos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio.

Sea cual sea la situación, hay que recordar que el comprador podrá optar entre rescindir el contrato (tiene derecho a recuperar las cantidades desembolsadas), rebajar el importe del precio pactado o solicitar una indemnización por daños y perjuicios.

Foto: Yon Garin (CC BY-NC-ND 2.0)
Viviendas anteriores a la Ley de Ordenación de Edificación

Respecto a los defectos de construcción “no visibles” en viviendas construidas antes de la entrada en vigor de la LOE, habrá que aplicar lo previsto en el artículo 1591 del Código Civil.

En este caso, constructor, arquitecto proyectista, arquitecto técnico, subcontratista y promotor (es decir, todos los que intervinieron en el proyecto), deberán asumir los vicios graves en el proceso de edificación, ya sean personas físicas o jurídicas.

martes, 17 de diciembre de 2013

¿Qué es la ITE?

Revisar la “salud” de los edificios es misión de la ITE, la inspección técnica de edificios. Cada Ayuntamiento o Comunidad Autónoma fija los plazos para someterse a la ITE y comprobar que las condiciones de seguridad, estabilidad y consolidación de los edificios son las adecuadas.

Estos “chequeos” son obligatorios y están regulados por el Real Decreto-ley 8/2011 de 1 de julio y por las distintas Ordenanzas Municipales, que determinan las condiciones para las inspecciones. En caso de que estas últimas no fijen el plazo para las revisiones periódicas, éstas se realizarán a todo edificio de más de 50 años, tal como establece el Real Decreto.

Foto: Jose María Mora (CC BY-NC-ND 2.0)
Los elementos a revisar se centran, principalmente y dependiendo de las ordenanzas locales, en los siguientes elementos del inmueble:

  • Cimentación y estructura
  • Estanqueidad y cubiertas
  • Fachadas y medianeras
  • Instalaciones generales (salubridad y salud pública)
  • Elementos de accesibilidad

¿Qué hacer si no se supera la ITE?

El propietario o comunidad de propietarios son los responsables de gestionar una ITE desfavorable. Para ello, deberán realizar lo que se denomina “obras de subsanación de deficiencias de ITE”, o las actuaciones pertinentes para que el inmueble recupere las condiciones óptimas de seguridad y estabilidad.

El propietario o comunidad puede encargar las actuaciones a los profesionales que han realizado la inspección técnica del edificio; éstos evaluaran si es necesario elaborar un proyecto técnico (con la intervención de constructoras y con la presentación de un certificado final de obra) y realizaran las obras necesarias para obtener el certificado de idoneidad del edificio, que garantiza su seguridad constructiva.

viernes, 29 de noviembre de 2013

La responsabilidad de promotores y arquitectos

Foto: morgueFile
Constructores, promotores y arquitectos son los responsables en caso de aparecer defectos de construcción en edificios nuevos, tal como establece la Ley de Ordenación de la Edificación.

En su artículo 17 se estipula que: “las personas físicas o jurídicas que intervienen en el proceso de la edificación son responsables, frente a los propietarios y los terceros que hayan adquirido los inmuebles, de determinados daños que puedan aparecer en él dentro de unos determinados plazos:

- Durante un año deberán hacerse cargo de los que afecten a los elementos de acabado de la obra.

- Durante tres años, de los que no permitan una habitabilidad en condiciones de la vivienda.

- Durante 10 años, de los daños estructurales, causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, etc. que comprometan la resistencia mecánica y estabilidad del edificio”.

La Ley establece que, en caso de ir a juicio y perderlo, promotor y arquitecto deben asumir los costes de las reparaciones respondiendo, si es necesario, con su patrimonio personal.

Sin embargo, a lo largo de la crisis han quebrado muchas empresas inmobiliarias en España (4.475 en los últimos 4 años) y, a pesar de que la responsabilidad es compartida por el promotor y el arquitecto, el primero puede desaparecer como sociedad, quedando el segundo cómo responsable único de los defectos y de su subsanación.

Para poder afrontar posibles reclamaciones, los arquitectos disponen del seguro de responsabilidad civil, que les cubre de cualquier daño o desperfecto que aparezca en sus obras.

viernes, 8 de noviembre de 2013

Vicios constructivos en viviendas nuevas, ¿qué hacer?

Foto: Lolita (CC BY-NC-SA 2.0)
Son muchos los propietarios de viviendas a los que la ilusión de estrenar piso les ha durado muy poco. Los defectos de construcción en viviendas nuevas son un problema mucho más habitual de lo que cabría esperar. Grietas, manchas, cierres defectuosos, fallos estructurales, instalaciones deficitarias… son muchas las problemáticas que pueden amargar el estreno de una vivienda.

¿Cómo actuar ante semejantes casos? ¿Quién o quienes deben responder por estos defectos? ¿Cómo corregir los vicios de construcción de una vivienda? ¿Quién debe asumir su coste?

El promotor es el máximo responsable de los defectos de construcción y debe responder de ellos. Así lo establece la Ley de Ordenación de la Edificación, que regula los derechos y obligaciones vinculados a la vivienda, establece qué profesionales intervienen en la construcción y cuáles son las responsabilidades de cada uno.

De todas formas, para que el promotor asuma su responsabilidad, es imprescindible estar atento a los plazos de reclamación, llevar a cabo las gestiones por escrito y, en caso que sea necesario, asesorarse por un profesional independiente.

Foto: Problemas con las Obras (CC BY-NC-SA 2.0)

Estar informado, por lo tanto, es clave para que el propietario, al que ampara la ley, pueda reclamar y reparar los daños sin asumir ningún coste en casos de vicios constructivos.

En próximos post iremos desgranando los pasos a seguir y todo aquello a tener en cuenta, de acuerdo con la Ley de Ordenación de la Edificación.

Más información:
Responsabilidades en la construcción. Defectos constructivos y daños a terceros

viernes, 11 de octubre de 2013

Edificios sostenibles (económicamente)

Si hace años que nos fijamos en la “escala” de eficiencia energética de lavadoras, frigoríficos televisores o microondas antes de adquirirlos, ¿por qué no hacer lo mismo con el espacio que vamos a habitar?

Las razones medioambientales de ahorro y optimización de energía e, indudablemente, la motivación económica de vivir en una casa con altos niveles de eficiencia son los dos puntales que sustentan la necesidad del Certificado de Eficiencia Energética. Una necesidad que se ha convertido en obligación desde la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

 Así pues, desde el 1 de junio del presente año, es obligatorio disponer de la certificación energética de todos los edificios o partes de un edificio (vivienda o locales) que se vendan o alquilen, mostrarlo a las partes interesadas y hacer entrega de dicho certificado al nuevo propietario o inquilino en caso de materializarse la compra o el alquiler. Negarse a ello o no disponer del Certificado supone una infracción que puede llegar a costar 3.000 euros de multa.

¿Cómo obtenerlo?

Arquitectos, aparejadores o técnicos certificadores habilitados son los perfiles óptimos para realizar el estudio energético de la vivienda y local y su certificación. Y el primer paso, aunque parezca una obviedad, es el estudio in situ del espacio a certificar (algunas empresas ofrecen este servicio “a distancia” por un precio reducido. Queda a la consideración de cada uno este tipo de trabajo virtual que, seguramente, carecerá de la exactitud necesaria).

En el estudio se analizan las instalaciones, el grado de aislamiento térmico, la orientación del edificio, las ventanas y cerramientos, su ubicación en relación a los edificios circundantes, etc.
El informe técnico se elabora mediante programas informáticos reconocidos por el Ministerio; tras presentar la solicitud en el organismo competente en cada Comunidad y en base al informe, la certificación final se entrega firmada por el técnico competente.

Balón de oxígeno para el sector

No debe menospreciarse la importancia de la Certificación Energética en el escenario actual de crisis. Para el sector de la construcción puede suponer un importante balón de oxígeno; tal como publicaba recientemente el periódico El País, el próximo 28 de octubre se presentará “el primer informe del Grupo de Trabajo de Sostenibilidad RICS Europa” en el marco de la feria Expo Real de Múnich.

Edificio rødovre town hall. Foto: seier+seier  (CC BY 2.0)
  El informe expone que “los profesionales se enfrentan a importantes desafíos derivados de los objetivos de cambio climático cada vez más costosos y de las presiones para mejorar la sostenibilidad del parque ya construido […] La profesión debe asegurarse de que entiende esta área emergente y que se posiciona para ofrecer asesoramiento experto y liderazgo en el día a día”.

No en vano los edificios consumen cerca del 40% de la energía que se produce y, en España, llevamos un año de retraso en la aplicación del Certificado Energético.

miércoles, 2 de octubre de 2013

¿Rehabilitando el sector?

Imagen: Colores Mari (CC BY 2.0)
“La venta de casas y de hipotecas registran mínimos históricos, la morosidad afecta a 400.000 hipotecados, la industria promotora está prácticamente desaparecida... y la política de vivienda no tiene apenas gasolina”. Jose F. Leal describía este panorama desalentador en una noticia publicada recientemente en el diario El Mundo.

La rehabilitación de vivienda se ha citado muchas veces como panacea para impulsar el sector inmobiliario y contribuir al tan necesario cambio de modelo de la construcción en España. A esta actividad se destinarán un total de 254 millones de euros, tal como hemos conocido con la presentación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Al global de la política de Vivienda le tocan 799 millones de euros, un 4,4% más que el año anterior.

Cifras que dan lugar a múltiples interpretaciones: si a priori es una buena noticia el incremento de recursos para un sector en pleno declive, la letra pequeña pone de manifiesto que una cantidad importante de esta partida se destinará al pago de ayudas pendientes de planes anteriores. Y si la comparamos con los recursos disponibles en 2009 (la partida incluía ni más ni menos que 1.618 millones) la cifra para 2014 es desalentadora.

Para los ayuntamientos el panorama no es mucho mejor: los PGE contemplan únicamente 10 millones de euros para remodelar algunos barrios en L’Hospitalet de Llobregat (Barcelona) y Sevilla.

Juan C. Martínez, en Immodiario, se muestra tajante; en su artículo La rehabilitación de viviendas tendrá que esperar escribe: “hasta que la situación económica posibilite una mejora de las cuentas públicas no será posible cumplir ese presupuesto de 2.311 millones previstos en el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, rehabilitación, regeneración y renovación urbana (2013-2016)”.

Sin embargo, y pese a la escasa colaboración público-privada, la rehabilitación del parque urbanístico se postula como una actividad que generará empleo y dinamizará el sector en los próximos años. El número creciente de pisos vacíos (tal como comentábamos en el post anterior), el incremento del alquiler de viviendas y la llamada rehabilitación energética de los edificios así lo señalan.



En referencia al último punto, cabe destacar el inicio del programa de ayudas a la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (Programa PAREER), que gestiona el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). A partir del 1 de octubre, los propietarios de edificios y también los hoteles y otros espacios dedicados al hospedaje pueden solicitar ayudas para sus proyectos de rehabilitación energética. Un campo, el de las acciones que favorecen el ahorro energético, con múltiples posibilidades que analizaremos más adelante en el blog.

lunes, 16 de septiembre de 2013

Pisos vacíos, pisos con problemas

Una de las consecuencias del estallido de la burbuja inmobiliaria en España es el aumento de pisos vacíos registrado en los últimos años. Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes al censo de 2011, España cuenta actualmente con 25 millones de viviendas, el 13,7% de las cuales están vacías. Es decir, 3,44 millones de pisos deshabitados (un 10,8% más que en el censo de 2001), que plantean una serie de problemas. Sin olvidar la paradoja que suponen los miles de desahucios efectuados en los últimos años en un territorio plagado de pisos cerrados –en el mejor de los casos- o a medio construir.


Son bien conocidas las causas de esta situación y se ha debatido sobre ellas ampliamente. Pero quizá se haya hablado menos de sus consecuencias y de lo inédita que resulta si nos fijamos en nuestros vecinos europeos.

Entre los problemas que conlleva el enorme parque urbanístico deshabitado presente en la gran mayoría de comunidades del Estado, está la falta de seguridad (El Idealista escribía recientemente “los ladrones han encontrado en el stock de viviendas vacías un nuevo maná aprovechando su estado y baja seguridad”); las ocupaciones ilegales y los problemas de convivencia que pueden acarrear, y el deterioro de los inmuebles y edificaciones por falta de uso y mantenimiento.

Este último no es un problema menor, ya que tal como publicaba recientemente El Periódico de Catalunya, “los técnicos avisan que reparar ese enorme parque que se deteriora será largo y muy costoso”. Unos costes que se suman a los derivados de una situación sin precedente en Europa.

"Patologías" urbanas

En la mayoría de países europeos, el hecho de tener pisos sin habitar se considera como una “patología urbana”. Y es una situación casi inédita porque está duramente penalizada por las leyes.

En países como Alemania, Francia, Suecia, Dinamarca, Holanda e Inglaterra, entre otros, los gobiernos impulsan activamente la venta, el alquiler y la rehabilitación de los inmuebles vacíos. Cuando la falta de uso es voluntaria o dura un tiempo máximo estipulado por la ley, se procede a las sanciones, que van desde una multa hasta -en casos excepcionales- la demolición de edificios enteros.

Entre las soluciones más habituales se encuentran la expropiación temporal, el alquiler forzoso y la incautación o la adquisición pública. Además, muchas veces los gobiernos locales están obligados a tener permanentemente controlado el stock de viviendas vacías y publicar un informe periódico sobre ellas. Estas medidas (sumadas a la ausencia de una “burbuja inmobiliaria” de la magnitud de la española) hacen que la media de vivienda vacía en los países de la UE se sitúe en un discreto 5%.

En España empiezan a asomar tímidas iniciativas en esta dirección, con municipios que han aprobado aplicar un recargo a los pisos vacíos o el decreto ley impulsado por la Junta de Andalucía para forzar el alquiler de estas viviendas; propuestas que no siempre son del agrado del sector inmobiliario pero que se aproximan a la defensa de la "función social de la vivienda" que contempla la Constitución Española.


viernes, 17 de mayo de 2013

¡Estrenamos web y oficinas!

¡Estamos de estreno! Escoda & Codina, abogados-economistas inicia una nueva etapa en Internet.

Además de este blog, hemos lanzado nuestra nueva página web, que os invitamos a visitar, y hemos abierto nuevos canales en Twitter, LinkedIn y Flickr. Os invitamos a visitarnos y seguirnos.

Pero las novedades no se acaban en Internet. Recientemente hemos puesto en marcha nuevas oficinas en Mataró y São Paulo (Brasil), que se añaden a nuestras delegaciones en Argentona, Canet de Mar y Sils.